Pregunta: Me gustaría saber como pueden los ciudadanos obligar a dimitir al presidente del gobierno y convocar elecciones anticipadas
Respuesta: Depende de la Constitución del país del cual preguntas.
Pregunta: Pregunto por España, porque el pueblo votó a un presidente que no ha cumplido en absoluto con lo que prometió. Me gustaría saber si tenemos derecho a hacerlo dimitir por no cumplir con lo prometido.
Respuesta: En España, concretamente,.los partidos políticos se blindaron contra la destitución en la Constitución del 78 que se aprobó al salir de la dictadura.. Legalmente nada so puede hacer. Solo la presión de la ciudadanía, el desacato a las normas que quiera imponer, pueden hacer llamar a elecciones anticipadas, cuando la situación se vuelva ingobernable. Pero en este gobierno, hasta que haya un solo euro donde meter mano, no abandonara el poder.
En teoría se lo podría demandar por incumplimiento de los planes de gobierno, pero ¿qué juez lo haría? y el que lo quiera hacer, sera destituido a las primeras de cambio.
Pregunta: O sea que cualquiera puede presentarse a presidente con un programa electoral, y si luego no cumple con lo acordado no pasa nada. No se pueden juntar firmas para pedir que dimita o algo así, no se, alguna manera tiene que haber de que page por no cumplir sus promesas. Y por otro lado solo lo puede demandar un juez, no lo podemos demandar la gente de a pie, como en esas demandas colectivas ante casos de estafa. ¡Esto no sirve!
Respuesta: Ninguna demanda va a prosperar, los jueces o son del PP o se los expulsa. Ya has visto Garzón molestaba se le invento una causa y se le expulso. Todas las causas que se van presentando o son archivadas, o algo se encuentra para que no sigan adelante ( niños robados al nacer, Gurtel, Camps, Iñaki, la Infanta , Bankia , etc. etc.) , ningún juez en su sano juicio aceptara un caso de estos. Es su muerte judicial.
Lo único es la presión popular, para que caiga el gobierno.
Pregunta: Y las quejas con el defensor del pueblo tampoco sirven, ni siquiera si todos pusiéramos una?
Perdona que te moleste, pero es que me niego a creer, que los ciudadanos estemos tan desamparados en ese sentido, no me gusta saber que somos tan vulnerables.
Respuesta: El Defensor del Pueblo es para otra cosa, no para protegernos de políticos, a los que nosotros mismos pusimos en el poder absoluto. Otros países si están protegidos. Por ejemplo, recientemente Paraguay destituyo a su presidente, por una votación de su Senado, que nos guste o no, es constitucional lo que han hecho. En Islandia, no hace mucho, los ciudadanos recogieron 50.000 firmas y pudieron, no solo destituir a su gobierno, sino mandarlo a los tribunales de justicia.
España, como siempre, sigue siendo “diferente” en todo lo que se refiera a derechos ciudadanos vigente en los países auténticamente democráticos, tenemos:
Constitución Española
Artículo 87.
1. La iniciativa legislativa corresponde al Gobierno, al Congreso y al Senado, de acuerdo conla Constitución y los Reglamentos de las Cámaras.
2. Las Asambleas de las Comunidades Autónomas podrán solicitar del Gobierno la adopción de un proyecto de Ley o remitir ala Mesa del Congreso una proposición de Ley, delegando ante dicha Cámara un máximo de tres miembros de la Asamblea encargados de su defensa.
3. Una Ley orgánica regulará las formas de ejercicio y requisitos de la iniciativa popular para la presentación de proposiciones de Ley. En todo caso se exigirán no menos de 500.000 firmas acreditadas. No procederá dicha iniciativa en materias propias de Ley orgánica, tributarias o de carácter internacional, ni en lo relativo a la prerrogativa de gracia.
Artículo 87.
1. La iniciativa legislativa corresponde al Gobierno, al Congreso y al Senado, de acuerdo con
2. Las Asambleas de las Comunidades Autónomas podrán solicitar del Gobierno la adopción de un proyecto de Ley o remitir a
3. Una Ley orgánica regulará las formas de ejercicio y requisitos de la iniciativa popular para la presentación de proposiciones de Ley. En todo caso se exigirán no menos de 500.000 firmas acreditadas. No procederá dicha iniciativa en materias propias de Ley orgánica, tributarias o de carácter internacional, ni en lo relativo a la prerrogativa de gracia.
Para otras clases de referendums, no se admite la iniciativa popular (¡faltaría más!).
Es decir, que los políticos españoles se han “blindado” a su gusto para evitar que se les pueda exigir responsabilidad alguna…y, por supuesto, a los ciudadanos no se les explicó con detalle lo que representaba votar la Constitución Española del 78, en cuanto a limitación de sus libertades. Y así estamos.
Por eso, a los ciudadanos, como en los mejores tiempos anteriores a nuestra moderna (y limitadísima) democrácia, no les queda otro remedio que echarse a la calle para hacer oir sus reivindicaciones, con lo que los políticos lo tienen abonado para echarles encima a la policía antidisturbios, cuando consideran que alguna manifestación popular “se pasa de la raya”. Todo sea “en defensa del orden público”…establecido por los políticos españoles.
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