divendres, 11 de desembre del 2015

2284-LO QUE NOS FALTABA

El problema que afecta al dipu­tado Pedro Gómez de la Serna ya se planteó anteriormente con Vicente Martínez Pujalte y eso permite hacer unas considera­ciones que sin embargo no le son aplicables al embajador Arístegui.

En lo que se refiere a las activi­dades privadas de los represen­tantes del pueblo en el Congreso, es necesario dejar las cosas muy claras en el propio reglamento de la Cámara. Lo que no parezca ético debe ser prohibido porque no resulta aceptable que las nor­mas escritas autoricen a sus se­ñorías a trabajar «por libre» y cuando lo hacen se les monte un escándalo monumental.

No es precisamente muy esté­tico este tipo de método por el cual se ingresan cantidades por actividades de lobby, pero si hay consenso en que resulta feo y po­co presentable, entonces lo que deben hacer los propios diputa­dos es endurecer las condiciones por las que se incurre en incom­patibilidad. Pero es engañoso y tramposo el escenario actual: yo le per­mito hacer es­to pero si lo hace usted, se­pa que le va­mos a arras­trar por el des­crédito y el escarnio colectivo. Las cosas de­ben quedar mucho más claras de lo que están ahora y así nos aho­rraríamos los ciudadanos algu­nas sorpresas desagradables y sus señorías evitarían ponerse en situaciones difíciles de justificar ante la opinión pública por muy ajustadas a la ley y al reglamento que hayan sido sus actuaciones.

Otra cosa es lo de Arístegui. Ser un servidor del Estado, y un embajador lo es en términos ple nos y absolutos, significa que uno no se va a hacer rico. El puesto tiene otras muchas y gra­tas compensaciones, pero no ésa. Y en ningún caso es admisible que el representante de España ante un gobierno extranjero ten­ga empresas de intermediación, con presuntos sobornos inclui­dos, con las que se hace con un sobresueldo jugoso. Lo que se está publicando sobre las andanzas extra profesionales de Arístegui no tiene justificación ni pase posible.

Debe ser investigado y, si se demuestra que todo lo denun­ciado es cierto, debe ser cesado inmediatamente de su cargo y, si procede, expulsado de la carre­ra diplomática.

Todo en la acti­vidad del todavía embajador descrita  resul­ta inadmisible, pero especial­mente lo son sus explicaciones, que intentan eludir su responsa­bilidad y su participación en esa empresa que pretende endosar­le a su hijo sin que haya nada que desmienta que él ha segui­do siendo ad­ministrador de la firma co­mercial con la que ha obteni­do muy bue­nos beneficios, a pesar de lo cual ha sufri­do el embargo de la Hacienda Pública.

Todo ese relato encajaría con los avatares de cualquier empre­sario de medio pelo pero resulta rigurosamente incompatible con lo que deben acompañar a un embajador. 

De modo que esperamos que el expediente abierto al diplomá­tico aporte completa claridad a lo sucedido y a continuación el Es­tado actúe, si procede, con la má­xima contundencia.


Victoria Prego

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